Para legalizar una vivienda rústica tenemos que tener en cuenta dos factores: el municipal donde se sitúe y la documentación de la que disponemos de la vivienda, las vías para legalizar la vivienda son las siguientes:
- Licencia de Legalización.
- Asimilación a Licencia.
- Asimilado Fuera de Ordenación.
A continuación se detallan cada una de ellas;
Licencia de Legalización
Para optar a esta vía la vivienda debe tener:
- Proyecto de arquitecto.
- Licencia urbanística.
- Licencia de primera ocupación.
Procedimiento:
Deberás presentar al ayuntamiento donde se encuentre la edificación los siguientes documentos:
- Instancia general debidamente cumplimentada
- Identificación de la persona titular de la edificación: nombre y apellidos, dirección, NIF o CIF en el caso de que sea una entidad.
- Emplazamiento de la obra
- Proyecto redactado por Arquitecto y visado por su Colegio Profesional.
- Carta de Pago de las tasas municipales.
Asimilado a Licencia
Requisitos para optar a esta vía:
- Edificaciones terminadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 19/1975, de 2 de mayo, de reforma de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, y que no posean licencia urbanística para su ubicación en el suelo no urbanizable.
- Edificaciones irregulares en suelo urbano y urbanizable para las que hubiera
transcurrido el plazo para adoptar medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística a la entrada en vigor de la Ley 8/1990, de 25 de julio, sobre Reforma del Régimen Urbanístico y Valoraciones del Suelo.
Procedimiento:
Si tu vivienda cumple con los requisitos anteriores deberás presentar en tu ayuntamiento los siguientes documentos:
- Instancia general debidamente cumplimentada
- Identificación de la persona titular de la edificación: nombre y apellidos, dirección,
NIF o CIF en el caso de que sea una entidad. - Plano de situación y emplazamiento.
- Justificante del pago de tasas.
- Informe técnico de profesional competente en el que se haga constar como mínimo:
- La situación del inmueble con su referencia catastral y registral si la tuviera.
- Los titulares.
- La parcela en la que se ubica y si existe participaciones indivisas en la
misma. - Características y dimensiones de las edificaciones y su conformidad al
PGOU señalando en su caso en que parámetros se incumple. - Fecha de la finalización de las obras de edificaciones.
- Si con posterioridad a la edificación le consta que se han realizado obra que
hayan modificado sus condiciones urbanísticas iniciales (ocupación, altura, incremento de la edificabilidad y número de viviendas). - Sistema de abastecimiento de aguas y energía eléctrica.
- Sistema de evacuación de aguas residuales.
- Si dispone de acceso adecuado transitable.
Si se destina a uso residencial:
- Si la vivienda dispone de una estancia que realice las funciones de estar y
descanso, un equipo de cocina y un cuarto de aseo independiente. - Que las piezas habitables no se encuentran en planta sótano.
- Que las piezas habitables disponen de iluminación y ventilación natural
desde un espacio abierto exterior o patio de luces, excepto los cuartos de aseo y las dependencias auxiliares. - Relación de las obras que debería realizar para cumplir con los requisitos de
habitabilidad, seguridad y salubridad.
Asimilación Fuera de Ordenación
Requisitos para optar a esta vía:
- Las edificaciones irregulares que se encuentren terminadas, respecto de las cuales
no resulte posible la adopción de medidas de protección de la legalidad urbanística
ni de restablecimiento del orden jurídico perturbado por haber transcurrido el plazo
para su ejercicio conforme al artículo 185.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.- Es decir, fue construida hace más de 6 años.
- No se encuentra en suelo protegido.
- No tiene expediente de legalidad o está caducado.
Procedimiento
DECLARACIÓN DE ASIMILADO A FUERA DE ORDENACIÓN ORDENACIÓN EN SUELO NO URBANIZABLE.
Para adoptar este procedimiento deberás presentar en el ayuntamiento de la localidad donde se encuentre la edificación los siguientes documentos:
- Instancia general debidamente cumplimentada
- Identificación de la persona titular de la edificación: nombre y apellidos, dirección,
NIF o CIF en el caso de que sea una entidad. - Se acompañará certificación técnica en formato digital que acredite:
- Identificación del inmueble en plano de situación, con indicación de los datos
registrales, si estuviera inscrita en el Registro de la Propiedad, la referencia
catastral o, en su defecto, mediante cartografía oficial referenciada, con la
identificación de las coordenadas UTM. - Descripción de la edificación, con expresión de su compatibilidad o
disconformidad con la ordenación urbanística, con aportación de los
siguientes planos:- Un plano de situación sobre cartografía oficial del Plan General a escala 1:5.000 ó 1:10.000, en el que se grafía la edificación a inscribir y que conste expresamente que la edificación no invade suelo reservado para sistemas generales, espacios libres, verdes o equipamiento.
- Plano de la parcela, acotado o superficiado con indicación de la escala (preferiblemente a escala 1:5.000).
- Plano acotado en que se sitúen las obras con respecto a los linderos de la parcela.
- Plano acotado por cada planta del edificio y/o instalación con distribución y sección genérica, de conformidad con la obra realmente ejecutada. En estos planos se representará cada una de las edificaciones, obras o instalaciones con uso diferenciado, con expresión de las superficies útiles y construidas.
- Una fotografía de cada una de las fachadas de la obra, instalación o edificación de las que pueda desprenderse el estado constructivo de la misma, realizada a color y tamaño mínimo 10 x 15 cm.
- Que el suelo no tiene riesgos ciertos de erosión, desprendimientos, corrimientos, inundaciones, u otros riesgos naturales, tecnológicos o de otra procedencia.
- Si la edificación tuviera pequeñas disconformidades con la ordenación urbanística, se deberá señalar y especificar la imposibilidad o muy difícil reposición de las obras que infringen la normativa urbanística.
- Aptitud de la edificación para el uso que se destina por reunir los requisitos de habitabilidad.
- Obras a realizar en la edificación para su adecuación a las normas de habitabilidad y dotaciones y servicios básicos, y plazo de ejecución.
- Los servicios básicos habrán de resolverse preferentemente mediante instalaciones de carácter autónomo y sostenible, sujetas en todo caso a la normativa sectorial aplicable.
- Excepcionalmente, los servicios básicos podrán suministrarse mediante el acceso a las redes, siempre y cuando éstas estén accesibles a pie de parcela y la compañía suministradora acredite la viabilidad de la acometida.
- Acreditación por parte de las compañías suministradoras de que dispone de suficiente potencia eléctrica o caudal de agua para abastecer a la edificación.
- Acreditación de la fecha de terminación de la edificación.
DECLARACIÓN DE ASIMILADO A FUERA DE ORDENACIÓN ORDENACIÓN EN SUELO
URBANO NO CONSOLIDADO
Para adoptar este procedimientos deberás presentar en el ayuntamiento de la localidad donde se encuentre la edificación los siguientes documentos:
- Instancia general debidamente cumplimentada
- Identificación de la persona titular de la edificación: nombre y apellidos, dirección,
NIF o CIF en el caso de que sea una entidad. - Se acompañará certificación técnica en formato digital que acredite:
- Identificación del inmueble en plano de situación, con indicación de los datos
registrales, si estuviera inscrita en el Registro de la Propiedad, la referencia
catastral o, en su defecto, mediante cartografía oficial referenciada, con la
identificación de las coordenadas UTM. - Descripción de la edificación, con expresión de su compatibilidad o disconformidad con la ordenación urbanística, con aportación de los
siguientes planos:- Un plano de situación sobre cartografía oficial del Plan General a escala 1:5.000 ó 1:10.000, en el que se grafía la edificación a inscribir y que conste expresamente que la edificación no invade suelo reservado para sistemas generales, espacios libres, verdes o equipamiento.
- Plano de la parcela, acotado o superficiado con indicación de la escala (preferiblemente a escala 1:2.000).
- Plano acotado en que se sitúen las obras con respecto a los linderos de la parcela.
- Plano acotado por cada planta del edificio y/o instalación con distribución y sección genérica, de conformidad con la obra realmente ejecutada. En estos planos se representará cada una de las edificaciones, obras o instalaciones con uso diferenciado, con expresión de las superficies útiles y construidas.
- Una fotografía de cada una de las fachadas de la obra, instalación o edificación de las que pueda desprenderse el estado constructivo de la misma, realizada a color y tamaño mínimo 10 x 15 cm.
- Si la edificación tuviera pequeñas disconformidades con la ordenación urbanística, se deberá señalar y especificar la imposibilidad o muy difícil reposición de las obras que infringen la normativa urbanística.
- Aptitud de la edificación para el uso que se destina por reunir los requisitos de
habitabilidad. - Obras a realizar en la edificación para su adecuación a las normas de habitabilidad y dotaciones y servicios básicos, y plazo de ejecución.
- Acreditación de la fecha de terminación de la edificación.