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El alquiler de una propiedad puede ser una tarea complicada y costosa. Uno de los aspectos que suele generar dudas y confusiones son los honorarios de la inmobiliaria. ¿Quién debe pagarlos? ¿Cómo se establecen los gastos? Estas son preguntas frecuentes que surgen tanto en el alquiler de larga temporada como en el de temporada. En este artículo, exploraremos los detalles de los honorarios en ambos casos y ofreceremos consejos para evitar malentendidos en el pago de los mismos.
La pregunta de quién debe pagar los honorarios en el alquiler de vivienda habitual es una de las dudas más frecuentes entre los inquilinos. Según la ley española (Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda), estos honorarios deben ser pagados por el propietario de la propiedad a la agencia inmobiliaria, ya que se considera que es el cliente efectivo de la agencia inmobiliaria es el propietario.
Si bien a pesar de que en los contratos de arrendamiento de vivienda habitual (teniendo en cuenta que vivienda habitual es donde la inmensa mayoría de las personas tienen su domicilio y ejercen la intimidad de su vida personal y familiar), en los siguientes tipos de contratos y tipos de inmuebles, estos honorarios pueden ser pactados libremente por la agencia inmobiliaria, arrendador y arrendatario, estos tipos de contratos y propiedades son:
- Arrendamientos de viviendas no sujetos a la ley de arrendamientos urbanos.
- Alquileres de viviendas por temporadas.
- Alquileres para un uso diferente al de la vivienda, como un despacho o una oficina.
- Cesiones temporales de viviendas. “También se pueden repercutir estos gastos a los arrendatarios en las cesiones temporales que se haga del uso de las viviendas, a través de las figuras jurídicas del usufructo temporal y del derecho de superficie”, explica el experto.
- Alquileres de viviendas suntuarias. Se trata de arrendamientos cuya superficie es superior a 300 metros construidos. También aquellos “cuya renta sobrepasa en 5.5 veces el salario mínimo interprofesional”.
- Alquileres cuyo pago por parte del inquilino “obedeciera a una contraprestación de tracto sucesivo en el tiempo, por el ofrecimiento por parte de las inmobiliarias de una serie de servicios adicionales por llevar, durante la duración del alquiler, su completa administración, beneficiándose de los servicios ofrecidos”, aclara.
Para evitar malentendidos en el pago de honorarios en el alquiler, es recomendable seguir algunos consejos. En primer lugar, es importante que los inquilinos se informen con anticipación sobre los honorarios de la inmobiliaria antes de firmar el contrato de alquiler. De esta manera, se evitan sorpresas desagradables y se establecen las condiciones con claridad. Además, es importante que se establezcan los honorarios adicionales, si los hay, para evitar confusiones posteriores. Se recomienda que los inquilinos pidan un desglose detallado de los honorarios de la inmobiliaria antes de realizar cualquier pago.